
Especial/NOTICARIBE PENINSULAR
CHETUMAL.-El Gobierno de Quintana Roo determinó que la Ley para la Prevención, Gestión Integral y Economía Circular de los Residuos del Estado de Quintana Roo se aplicará hasta que termine la emergencia sanitaria por el COVID-19 o hasta “nuevo aviso”, se dio a conocer en el Periódico Oficial del Estado de este 19 de junio.
Entre tanto, en Quintana Roo se podrá seguir con el uso, comercialización y/o distribución de los productos establecidas en la citada Ley, como son: popotes, envases para bebidas, platos, tazas, vasos, copas, charolas y cubiertos desechables, productos derivados de poliestireno expandido, y bolsas desechables, fabricados con material biodegradable y/o compostable y/o reutilizable.
Aunque el titular de la Secretaría del Medio Ambiente, Alfredo Arellano aclaró que dichos productos podrán ser utilizados y/o comercializados y/o distribuidos previa revisión y aprobación del instrumento de manejo correspondiente por parte de la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente-SEMA, en conjunto con la Procuraduría de Protección al Ambiente-PPA, cuyas dependencias realizarán un programa de capacitación y acompañamiento para la elaboración de los instrumentos de manejo correspondientes.
“La SEMA prioriza por sobre cualquier otra estrategia la reducción de generación de residuos en cualquier actividad comercial, operativa y administrativa buscando el uso de insumos y empaques que causen el menor impacto ambiental conforme a lo establecido en la Ley para la Prevención, Gestión Integral y Economía Circular de Residuos del Estado de Quintana Roo”, indicó Arellano Guillermo.

El objetivo es impulsar la reactivación del Estado y al mismo tiempo proteger la salud humana y el medio ambiente, ante la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), agregó.
Las acciones y medidas son temporales, estarán vigentes durante el tiempo que siga la pandemia y/o hasta nuevo aviso. Deberán ser observadas por las personas físicas y morales en el Estado de Quintana Roo. La Procuraduría de Protección al Ambiente-PPA del Estado, realizará las acciones necesarias para el acompañamiento, vigilancia y cumplimiento de las medidas a través de visitas de verificación correspondientes.
Cabe señalar que con fecha 18 de junio del 2019 , se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el Decreto 337 por el que se expide la Ley para la Prevención, Gestión Integral y Economía Circular de los Residuos del Estado de Quintana Roo, emitida por la XV Legislatura Constitucional del Estado de Quintana Roo, que en su artículo octavo transitorio señala lo siguiente: “se prohíbe en el Estado de Quintana Roo, el uso, comercialización y distribución de los productos establecidos en el artículo 22 de la presente ley, por lo que la sustitución de los mismos deberá realizarse en las zonas de exclusión en un plazo no mayor de seis meses contados a partir de la publicación de la presente ley y de un plazo no mayor de doce meses contados a partir de la publicación de la presente ley en el resto del territorio del Estado.”
Las llamadas “zonas de exclusión” son aquellas áreas que no pueden ser intervenidas por ninguna actividad, entre éstas las zonas insulares (de las islas de Cozumel, Isla Mujeres y Lázaro Cárdenas), las zonas naturales protegidas y las zonas vulnerables.