Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CANCÚN.-El gobierno del estado ampliará el tiempo del paquete de beneficios fiscales para apoyar a los contribuyentes ante los efectos por la crisis sanitaria de COVID-19.
Entre los apoyos está 100% de descuento en Tenencia Vehicular durante todo el año para los que estén sin adeudos o para vehículos nuevos no mayor a 30 días de la fecha de factura, se suspende el emplacamiento vehicular durante los meses de abril y mayo, reanudando en el mes de junio, durante este periodo se podrán hacer los pagos de derechos sin actualización, recargos o multas.
Se mantiene 50% de descuento en la expedición o renovación de las licencias de conducir para los residentes en el municipio de Othón P. Blanco.
De igual manera, en el caso de las licencias para venta de bebidas alcohólicas se amplía el plazo hasta mayo, los beneficios contenidos en el decreto de subsidios fiscales vigentes.
Entre otros plazos, se difiere la presentación de las declaraciones y el pago de los meses de marzo, abril y mayo del 2020, a los meses de octubre, noviembre y diciembre.
Sobre las contribuciones relacionadas con el Impuesto sobre Nómina, Impuesto sobre Hospedaje, Impuesto al Libre Ejercicio de Profesiones e Impuesto Sobre Extracción de Materiales del Suelo y Subsuelo. Los pagos diferidos a los que se hace referencia no generarán recargos ni actualizaciones, así como tampoco serán objeto de multas por extemporaneidad.
Por otra parte, a aquellos contribuyentes que opten por presentar en tiempo y forma las declaraciones y el pago del Impuesto sobre Nóminas, Impuesto al Libre Ejercicio de Profesiones e Impuesto Sobre Extracción de Materiales del Suelo y Subsuelo de los meses de marzo, abril y mayo del 2020, se les otorga un subsidio de 20% de descuento.
Durante los meses de abril y mayo se suspenden los actos de fiscalización en materia de obligaciones fiscales estatales.
Se declaran inhábiles los días que se comprenden del 23 de marzo al 17 de abril del 2020 para el ejercicio de facultades de comprobación en materia estatal y la presentación de recursos estatales de la competencia de la Secretaría de Finanzas y Planeación y sus unidades administrativas, incluyendo sus órganos desconcentrados, conforme a la normatividad fiscal estatal, en consecuencia, no se computarán dichos días en los plazos fijados.
Con información de El Economista