Alejandro Peza/NOTICARIBE PENINSULAR
CHETUMAL.- El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) desechó siete juicios ciudadanos interpuestos por la inejecución de los resultados vinculantes de la consulta popular en el municipio de Benito Juárez sobre la rescisión de contrato a la empresa Aguakan para la prestación del servicio de agua potable.
La consulta popular realizada el día de la jornada electoral del 5 de junio de 2022, arrojó resultados en los que la ciudadanía participante se pronunció mayoritariamente por retirarle la concesión a la empresa Aguakan, y los municipios de Benito Juárez, Isla Mujeres y Puerto Morelos la consulta resultó vinculante para las autoridades estatales y municipales, por lo que están obligadas a cumplir la voluntad popular expresada, según la Ley de Participación Ciudadana.
Sin embargo, hasta la fecha ninguna autoridad del estado y los 3 municipios involucrados ha anunciado el inicio de alguna acción para tramitar el retiro de la concesión a la empresa Aguakan, y en el Congreso del Estado los diputados de la XVII Legislatura han hecho todo lo posible por evitar la atención del tema.
Es así que los magistrados del Teqroo consideran que se trata de un tema en materia administrativa y que le corresponde atender al Poder Legislativo y al ayuntamiento de Benito Juárez.
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En los juicios interpuestos, los magistrados determinaron qué el acto impugnado “deviene de un ejercicio legislativo en materia política-administrativa y por lo tanto, no pueden ser objeto de control mediante resolución de juicios de la ciudadanía, dado que no guarda relación con derecho político electoral alguno, sino con la vida orgánica de la Legislatura local y su funcionamiento en materia administrativa.
Respecto a los Juicios JDC/005/2023 y sus acumulados JDC/006/2023 y JDC/007/2023, promovidos por Andrés Valencia García, Beatriz Adriana Ávila Cabrera y Karla Vázquez Melquen, respectivamente, en contra del Ayuntamiento de Benito Juárez por la omisión legislativa de contemplar en la Ley de Ingresos del 2023 y en el presupuesto de egresos del mismo año, las partidas presupuestales para que ese Ayuntamiento ejecutara el resultado vinculante de la consulta popular relacionada con la interrupción de la concesión dada a la empresa Aguakan, el Pleno determinó por unanimidad desecharlos, ya que después del análisis integral de los mismos, se concluyó que el Teqroo carece de competencia material para conocer y resolver dichos medios de impugnación, en virtud de que la controversia no encuadra en la materia política o electoral, dado que los agravios están encaminados a impugnar la falta de recursos o partidas, así como la forma de su entrega, y su autorización, es decir, se trata de actos de naturaleza propiamente legislativa y administrativa municipal.