Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una multa de más de 21.7 millones de pesos interpuesta por el INE al partido Morena por la omisión de reportes de gastos de campaña relacionados con la pinta de bardas con las frases “#EsClaudia” o el “#EnlaencuestaClaudiaeslarespuesta”; en consecuencia, se ordenó al INE a realizar un nuevo análisis de las sanciones
Por mayoría de votos, la Sala Superior rechazó el proyecto de la magistrada Janine Otálora Malassis, en el que se buscaba confirmar las multas aplicadas por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) a Morena por la omisión de reportar diversos gastos relacionados con 4,249 hallazgos, que son entre otros, lonas, pintas de bardas.
De acuerdo con la magistrada Otálora Malassis, Morena acusó que el INE realizó una indebida valoración de los hallazgos que hacen referencia al nombre de Claudia, acompañado de frases como “#EsClaudia” o el “#EnlaencuestaClaudiaeslarespuesta”, pues a juicio de Morena es insuficiente para determinar que se trató de la precandidata Claudia Sheinbaum o que esto generó un beneficio para la misma.
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“Propongo calificar el agravio como infundado e inoperante. Infundado porque contrario a lo que sostiene el recurrente (Morena), estos elementos propagandísticos sí generaron un beneficio a una precandidata única. Esto porque se localizaron, justamente, durante el periodo de la precampaña federal, aunado a que el propio partido realizó pintas de similares características y que estas sí las reportó como gasto de precampaña… y se observaron otros gastos que sí fueron reportados por el propio partido, que se relacionaban con la pinta de bardas con el mismo identificativo que es “Es Claudia”, como parte de los gastos de precampaña, reconociendo que con ello se hacía una promoción a su precandidata”, argumentó la magistrada.
No obstante, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera señaló que no coincidía con el proyecto ya que tal como lo argumentó Morena, el Consejo General del INE “no demostró de qué manera los hallazgos están vinculados con el partido, y en ese sentido yo también considero que no puede concluirse de manera dogmática que los hashtags “Encuesta” y “Es la respuesta”, son una señal inequívoca de ello”.
Por lo anterior, el TEPJF determinó revocar la resolución del INE y le ordenó realizar un nuevo análisis de las sanciones.
Con información de El Economista