Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CIUDAD DE MÉXICO.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no sólo validó que los cambios a los estatutos del PRI se hicieran en medio del proceso electoral, sino que también resolvió que éstos son legales y no hay nada en la Constitución que prohíba la relección de su dirigente nacional Alejandro Alito Moreno.
El pleno de la sala superior rechazó, por mayoría de tres votos, el proyecto de la magistrada Janine Otálora Malassis que proponía invalidar las modificaciones a los documentos básicos del Revolucionario Institucional.
Pero la resolución no se quedó ahí, además, a propuesta del magistrado Felipe Fuentes, se resolvió asumir plena jurisdicción como máxima instancia electoral para analizar el fondo de las reformas en vez de regresar el asunto al Instituto Nacional Electoral (INE) para que hiciera un estudio sobre la legalidad de éstas.
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De ese modo, el pleno revocó la resolución del INE que señalaba que el PRI incurrió en una ilegalidad al hacer modificaciones a sus estatutos en pleno proceso electoral, ya que éste terminó hasta el 28 de agosto e hizo los cambios el 7 de julio, por lo que incumplía el artículo 34 de la Ley General de Partidos Políticos.
Con los votos a favor de la magistrada presidenta Mónica Soto y de los magistrados Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, el TEPJF avaló todas las modificaciones estatutarias del PRI, por lo que Alito Moreno podrá seguir de dirigente nacional hasta cuatro años más, con la posibilidad de relegirse para el periodo de 2028 a 2032.
Por casi tres horas, los magistrados discutieron este asunto que casi al final se tornó ríspido entre los magistrados Felipe Fuentes y Reyes Rodríguez. El primero a favor de validar los cambios estatutarios que hizo el partido que preside su amigo Alito y además proponer que como máxima instancia electoral de una vez se confirmara que las modificaciones son legales y que los procedimientos cumplieron los requisitos.
En contra de esta propuesta, el magistrado Reyes Rodríguez expuso los argumentos para señalar que no había urgencia para asumir esta jurisdicción con el fin de validar el fondo de las modificaciones, ya que el proceso jurídico señalaba que debía regresar al INE para que el Consejo General hiciera el análisis de fondo y si el PRI no estaba de acuerdo con su determinación, podía impugnar de nuevo en el tribunal electoral.
Sin embargo, la serie de argumentos que expuso no fue atendida por la magistrada presidenta ni por los Felipes, por lo que nuevamente los magistrados Otálora y Rodríguez se quedaron como minoría y sus propuestas no prosperaron.