Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CIUDAD DE MÉXICO.- El Pleno del Senado de la República aprobó la prohibición del castigo corporal y humillante como método correctivo o disciplinario a niños y adolescentes mejor conocido como la “chancla voladora”.
Con 92 votos a favor, los legisladores de todos los grupos parlamentarios respaldaron reformas a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código Civil Federal para prohibir a padres, madres y tutores recurrir a actos en donde se amenace, se asuste o se ridiculice a los menores de edad y adolescentes. Sin embargo, se dejó en claro que son sanciones correctivas y no penales.
La modificación propone:
1) Puntualizar que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o tutor, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, de cuidado, penales o de cualquier otra índole, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el trato humillante.
2) Definir el castigo corporal o físico como todo castigo en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
3) Definir como castigo humillante como cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.
Con información de PoliticoMX