Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CIUDAD DE MÉXICO.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la impugnación promovida por legisladores de oposición en contra de las reformas a tres legislaciones con la cual se otorga el control del Tren Maya al Ejército mexicano.
Se trató de una acción de inconstitucionalidad con la cual diputados y senadores del PRI, PAN y PRD tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República, las cuales fueron admitidas a trámite, aunque no se precisó si se otorgó o no una medida cautelar.
El proyecto correrá a cargo del ministro Alberto Pérez Dayán, quien a principios de junio declaró la invalidez de la primera parte del Plan B electoral y cuyo proyecto sirvió de guía para que el ministro Javier Laynez Potisek fundara el proyecto que puso final a esta serie de reformas en materia electoral.
Te puede interesar: TREN MAYA: Sélvame del Tren presentará a la SCJN recursos legales para frenar las obras del Tramo 5
Las acciones de inconstitucionalidad son las signadas con el expediente 112/2023 y 116/2023, con lo que se ordenó la acumulación de los procedimientos, aunque negó otorgar la suspensión del decreto.
De esta forma, para el caso de la acción de inconstitucionalidad 112/2023 , esta fe promovida por senadores de la República; mientras que en el caso de la acción de inconstitucionalidad 116/2023, fue presentada por integrantes de la Cámara de Diputados.
“Se admiten a trámite las acciones de inconstitucionalidad que se hacen valer”; se lee en el acuerdo publicado el martes 27 de junio en la Lista de notificaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Qué planteó la reforma que dio el control del Tren Maya al Ejército
Se trata de una serie de reformas a la Ley de Vías Generales de Comunicación, la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y la Ley de las Entidades Paraestatales.
Las reformas a este ordenamiento legal se aprobaron en abril pasado en el Congreso de la Unión y se publicaron a principios de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Esta reforma a la Ley de Vías Generales de Comunicación señaló que el presidente, en este caso Andrés manuel López Obrador, puede asignar directamente a entidades paraestatales la prestación de servicios públicos, así como el uso, aprovechamiento y explotación de bienes sujetos al régimen de dominio público por causas de interés general, interés social o seguridad nacional.
También se indicó que esta asignación de prestación de servicios públicos, su uso, aprovechamiento de bienes sujetos al régimen de domicionpúblico tendrá una vigencia indefinida, y en ningún caso podrá cederse o transferirse a particulares.
Los diputados oficialistas consideraron que el sistema ferroviario es una pieza clave en la infraestructura de cualquier país y México no puede quedarse atrás en ello, por lo que se consideró que se necesita de un sistema moderno, eficiente, que impulse la economía y mejore la calidad de vía de los ciudadanos.
Se presentaron los avances en el ensamblaje de la obra de ingeniería que atravesará el Río Usumacinta.
Mientras que los reclamos de la oposición se dieron en contra del dictamen debido a la premura con la que se presentó para su discusión, pues se consideró de urgente resolución. Además de que se criticó que la figura de asignación sólo será una carga, pues las empresas del Estado “están condenadas al fracaso”.
Y es que esta normativa otorga el Tren Maya a la empresa que se creó de manera exclusiva para su administración, que es el Grupo Aeroportuario, Ferroviario y de Servicios Auxiliares Omeca-Maya-Mexica.
Con información de Infobae