Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CANCÚN.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia del Tribunal Electoral de Quintana Roo en el caso de la síndico de Bacalar, Juana Vanessa Piña Gutiérrez, sin embargo, no encontró Violencia Política en razón de Género, VPG.
«Se acreditaron algunos hechos, en ellos no se aprecia el elemento de género o que se hubiese llevado a cabo en contra de la actora por el hecho de ser mujer», dice parte del comunicado.
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Sobre la sentencia de la magistrada Claudia Carrillo, el tribunal observó que la autoridad electoral no analizó los hechos a profundidad.
“Se arribó a tal determinación, ya que el Teqroo no aplicó el criterio de la reversión de la carga de prueba, lo que era necesario al tratarse de un asunto en donde se adujo violencia política de género”, explica a través de un comunicado.
Por ello, los magistrados del pleno de la Sala analizaron el alegato de la síndico y, con ello, emitieron una nueva sentencia en la que declararon la inexistencia de la violencia política de género denunciada. Es decir, por un camino distinto llegaron a una misma conclusión, en la que nuevamente debieron corregir la plana al Tribunal Electoral de Quintana Roo.
Con información de Grupo Piramide