Dr. Jorge Manriquez Centeno
En este texto se abordan dos temas: los vicios en el reinicio de la labor legislativa tendente a la aprobación de la reforma electoral, así como la propuesta de selección de las consejeras y los consejeros por el voto popular, conforme a la iniciativa presidencial en materia electoral[i].
Debemos reiterar que el procedimiento que se ha seguido para la reforma electoral no tiene como sustento un debate nacional, ni el soporte de un grupo de trabajo multidisciplinario, mediante los cuales se realicen los análisis, y diagnósticos, que respalden las propuestas que conformarán el dictamen respectivo. En términos generales es una simulación.
Como dijo Jesús Reyes Heroles, “en política, la forma es fondo”. Y en este proceso de reforma electoral, como se ha venido haciendo hasta el momento, ni la forma, ni el fondo convencen.
Primeramente, el método seleccionado para realizar los trabajos es una simulación. El grupo de trabajo se integra únicamente por diputados, los cuales “analizarán” las iniciativas presentadas. Ese “estudio” permitirá la integración del “dictamen” respectivo.
Es una discusión “al vapor” entre pares, sin diálogo y debate ciudadano.
En segundo término, no habrá consenso. Como se sabe, desde que reiniciaron los trabajos para la reforma, el 25 de octubre de 2022, Movimiento Ciudadano, afirmó que los mismos son una farsa y conllevan un “proyecto nocivo” para la democracia. Por esa razón advierte ese instituto político que no avalará la propuesta presidencial de reforma electoral.
Por su parte, el PAN, PRI y PRD de inmediato afirmaron que sí habrá reforma electoral, pero que ésta será sin vulnerar la autonomía del INE y del TEPJF.
Hoy en día, sin embargo, el consenso está resquebrajado.
En cuanto al procedimiento, toda la discusión se ha centrado en los diferentes aspectos de la iniciativa presidencial. De tal manera que han quedado en el olvido los trabajos, estudios y propuestas planteadas en los foros de parlamento “abierto” (organizado por Morena y sus aliados) y “alterno” (llevado a cabo por los partidos de “Va por México”, es decir, PAN, PRI y PRD), así como de otros importantes eventos celebrados por organizaciones de la sociedad civil, así como investigaciones y estudios en la materia.
En este contexto, debemos exigir que la JUCOPO y las Comisiones Unidas de Reforma Político-Electoral; Puntos Constitucionales; y Gobernación, reconsideren el camino trazado que se ha convertido en una simulación.
Es fundamental conformar, vía el consenso, un comité técnico multidisciplinario, responsable de la elaboración de la agenda de trabajo, en donde se posibilite un debate nacional sobre aspectos específicos en la materia.
Dicho comité analizaría integralmente las 107 iniciativas presentadas, los documentos e investigaciones que se han realizado, así como las propuestas vertidas en los parlamentos “abierto”, “alterno” y las que se han derivado de los diversos eventos realizados por organizaciones de la sociedad civil.
Este comité sería el encargado de trabajar el proyecto de dictamen, para el posterior estudio de las comisiones involucradas.
Como lo hemos señalado en otros textos, la coyuntura histórica en que nos encontramos es inigualable: la aprobación presidencial, desde la toma de posesión de Andrés Manuel López Obrador, a la fecha, se mantiene en un nivel altísimo. Es indudable que la consolidación de la democracia procedimental se constituyó con el esfuerzo histórico de mexicanos ejemplares, entre ellos, Cuauhtémoc Cárdenas Solorzano, Ifigenia Martínez, Andrés Manuel López Obrador y otros actores políticos del PAN, PRD y del mismo PRI, así como de ciudadanos que acompañaron el proceso.
Asimismo, debe resaltarse que en las elecciones del año 2006 en el que el cerrado margen de diferencia entre el primer y segundo lugar, Felipe Calderón y Andrés Manuel López Obrador, respectivamente, dieron pie a fuertes críticas al TEPJF[ii] y al entonces IFE. Estas críticas se dieron por la falta de decisión para denunciar y frenar los fenómenos negativos de las campañas “un peligro para México”, la documentada participación del presidente Vicente Fox y funcionarios de primer nivel y gobernadores en favor del candidato panista, entre otros.
De ahí la lógica de la narrativa presidencial, que señala que la democracia a la que hemos arribado es inconclusa, por ende, es fundamental un nuevo paradigma electoral.
El problema es que no hay diagnósticos ni un debate ciudadano para determinar el camino a seguir.
Por eso, si el presidente quiere pasar a la historia como propulsor de la transformación de nuestro país, desde el poder, y como un acto de congruencia, tiene el compromiso histórico de impulsar una reforma del estado, y, en particular, en el ámbito electoral, pero con apego a una agenda ciudadana.
Con esta perspectiva, la de encontrar un camino más adecuado, analizamos un tema que está acaparando los reflectores: la propuesta de seleccionar a los consejeros electorales vía el voto popular, con la cual pretendo evidenciar la falta de diagnósticos sobre temas torales.
Al respecto, en la Iniciativa se destaca que las propuestas de consejeros provendrán de los poderes públicos (20 del Ejecutivo, 20 de las dos cámaras del Congreso de la Unión y 20 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respetando la paridad de género), lo que implica, en los hechos, entrar a una selección de consejerías basada en “cuotas”, lo que implicará la “partidización” del procedimiento (aspecto altamente criticado en la selección de consejeros electorales en los organismos electorales estatales antes de la reforma constitucional de 2014), y la intervención directa de los poderes Ejecutivo y Judicial de la Unión; lo cual resulta es preocupante, dado que la autonomía de dichos consejeros y consejeras, ha estado en el centro del debate y logros de la transición a la democracia procedimental a la que hemos arribado.
En este mismo sentido, se propone que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sea autoridad jurisdiccional única en la materia, desapareciendo los tribunales electorales locales. Para su selección se plantea que cada uno de los tres poderes postule diez personas de manera paritaria.
Este cambio profundo se enrarece más con el planteamiento de que las personas propuestas a consejeros y magistrados se someterían al escrutinio ciudadano, dado que serían elegidos por la voluntad popular en una jornada comicial a celebrarse el primer domingo de agosto del año que corresponda, siendo que el Transitorio Segundo de la Iniciativa presidencial establece que la primera jornada se llevaría a cabo el primer domingo de febrero de 2023, pero previamente sería convocada en septiembre de 2022 por la Cámara de Diputados y el Senado de la República, que habría de readecuar por el evidente desfasamiento.
Es decir, las y los consejeros y magistrados propuestos por los poderes de la unión, serían candidatos, con derecho a obtener tiempos en radio y televisión en los tiempos oficiales “asignados a los partidos políticos nacionales”, ello para reforzar sus actividades de presentación de sus “propuestas” y programa de trabajo a lo largo y ancho del país, para posteriormente ser elegidos por el voto popular. La iniciativa define que dichos espacios serán igualitarios y que podrán participar en “foros de debate” organizados por el nuevo organismo electoral, el INEC (Instituto Nacional de Elecciones y Consultas) “dentro de los tiempos oficiales o en aquellos brindados gratuitamente por algún medio de comunicación bajo el principio de equidad”. Todo ello dentro de la etapa de campaña dado que la iniciativa prevé que “en ningún caso habrá etapa de precampaña”.
Acorde con lo anterior, se propone una “legislación única en materia de partidos políticos, organismos electorales, procesos electorales, medios de impugnación electoral y delitos electorales…”, así como “la legislación única sobre iniciativa ciudadana y consultas populares”.
Cabe preguntarse inicialmente cómo van a financiar sus campañas y en qué consistirían las promesas de campaña de quienes aspiren convertirse tanto en consejeras y consejeros del INEC como magistradas y magistrados del TEPJF.
Asimismo, debe reiterarse el resurgimiento de la “partidización” en el proceso de selección de los consejeros, así como las erogaciones que deben contemplarse para la logística de dicho proceso comicial. Sobre el primer punto, un estudio del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República, subraya:
“…llama la atención que la propuesta es contradictoria en sus propios términos, pues propone “elegir autoridades administrativas y jurisdiccionales honestas e imparciales que se mantengan fuera de la lucha por el poder” (el subrayado es nuestro).
La adopción del voto directo para la conformación de las autoridades electorales no solo las introduce de lleno en la lucha por el poder, sino que los convierte en juez y parte en las contiendas electorales, lo que podría poner en duda la objetividad de sus resoluciones y eventualmente debilitarlas en el marco de una elección competida”.
Evidentemente ello ocasionaría la “captura” de la autoridad electoral por parte del gobierno en turno y partido que lo llevó al poder (contra lo que AMLO luchó en su momento), ya que “… es muy probable que los consejeros y magistrados más votados serían los propuestos por el presidente de la República, considerando la exposición mediática y popularidad que tiene esta figura, las mayorías con las que cuenta en las cámaras del Congreso y el hecho de que su partido gobierna en 20 de las 32 entidades federativas”.
Sobre el segundo aspecto, es decir, el costo del proceso comicial para la selección de las consejerías, el estudio citado, resalta lo siguiente:
“La idea de someter a las personas titulares de los órganos electorales es contradictoria con la premisa de la austeridad que impulsa la iniciativa, toda vez que implicaría destinar más recursos a una nueva contienda de alcance nacional.
Si tomamos como parámetro el costo de los procesos electorales de los últimos años, la elección de consejeros y magistrados tendría un costo superior a 8 mil millones de pesos que supondrían una carga adicional para el sistema electoral mexicano” [iii]
(Énfasis añadido).
Por tanto, la pretensión de seleccionar a las consejerías y magistraturas contradice la narrativa presidencial del “abaratamiento de las elecciones” y pudiera significar un retroceso por la “partidización” de tales cargos. Asimismo, debe dimensionarse presupuestal y logísticamente lo que implica realizar un proceso comicial completamente atípico.
Sin embargo, en caso de proseguir este tema en la mesa de discusión, se podría considerar el siguiente procedimiento para la selección apartidista de las consejeras y los consejeros electorales:
Primeramente, debemos señalar la porción normativa que nos interesa del artículo 41 de la constitución federal:
“…
a) La Cámara de Diputados emitirá el acuerdo para la elección del consejero Presidente y los consejeros electorales, que contendrá la convocatoria pública, las etapas completas para el procedimiento, sus fechas límites y plazos improrrogables, así como el proceso para la designación de un comité técnico de evaluación, integrado por siete personas de reconocido prestigio, de las cuales tres serán nombradas por el órgano de dirección política de la Cámara de Diputados, dos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y dos por el organismo garante establecido en el artículo 6o. de esta Constitución;
b) El comité recibirá la lista completa de los aspirantes que concurran a la convocatoria pública, evaluará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, así como su idoneidad para desempeñar el cargo; seleccionará a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, y remitirá la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Diputados;
c) El órgano de dirección política impulsará la construcción de los acuerdos para la elección del consejero Presidente y los consejeros electorales, a fin de que una vez realizada la votación por este órgano en los términos de la ley, se remita al Pleno de la Cámara la propuesta con las designaciones correspondientes…” (El énfasis es propio)
Propuestas:
- organismo garante establecido en el artículo 6o. de la Constitución federal y siete por el Consejo Universitario de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Dicho comité se haría cargo de todo el procedimiento de evaluación. Posteriormente, seleccionaría a los mejor evaluados en una proporción de cinco personas por cada cargo vacante, y remitiría la relación correspondiente al órgano de dirección política de la Cámara de Diputados; quien deberá realizar las acciones conducentes para que se convoque a sesión de pleno a la brevedad, para realizar la elección mediante insaculación de la lista conformada por el comité técnico de evaluación.
Sobre el particular existen otras propuestas que habría que analizar, como la del diputado federal Miguel Torruco Garza del Grupo Parlamentario de Morena, quien plantea la siguiente restricción, en cuanto a las consejerías del INE, que pudiera extenderse a las relativas a los OPLES:
“Quienes hayan fungido como Consejero Presidente, consejeros electorales y secretario ejecutivo, no podrán desempeñar cargos públicos de elección popular o de dirigencia partidista, durante los 10 años siguientes a la fecha de conclusión de su cargo, además para poder ser electo Consejero Presidente, Consejero Electoral o Secretario Ejecutivo, deberán cumplir al menos 10 años sin haber sido candidato o candidata a algún cargo de elección popular o de dirigencia partidista, al momento en que salga la Convocatoria”. (Senado, 2022: 4).
Como se comentó en otro texto[iv], lo urgente es blindar al INE de todos los embates que van más allá de la organización de las elecciones.
Esperemos que la JUCOPO y las Comisiones Unidas de Reforma Político-Electoral; Puntos Constitucionales; y Gobernación, reconsideren el camino trazado, y que opten por conformar, vía el consenso, un comité técnico multidisciplinario, responsable de la elaboración de la agenda de trabajo.
Mientras, el tiempo pasa volando.
*Jorge Manriquez Centeno es especialista en materia político-electoral, derechos humanos y derecho parlamentario. Egresado de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM, abogado, con estudios de posgrado en políticas públicas, derechos humanos por la FLACSO y doctorado en Derecho Parlamentario por la Universidad Autónoma del Estado de México. Exconsejero presidente del Instituto Electoral de Quintana Roo (2009 a 2015) y ex director de Partidos Políticos del mismo Instituto (2003 a abril de 2009).
[i] Disponible en:
[ii] Juan Antonio Cruz Parcero al analizar el Dictamen del TEPJF del cómputo final de la elección presidencial del 2006, subraya: “sostengo que el dictamen es una muy mala resolución y que, con independencia de los factores que explican el contexto problemático en que fue elaborado, refleja no sólo que los magistrados razonaron mal, sino que actuaron negligentemente dada la importancia de esta resolución”. (Cruz, 2008: 43). Trabajo disponible en:
https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/11/5450/11.pdf
[iii] Giles Navarro, Cesar Alejandro, “Ventajas, costos y riesgos de la elección popular de las autoridades electorales en México”. Dirección General de Difusión y Publicaciones del Instituto Belisario Domínguez del Senado de la República. Número 170. México. 2022. Disponible en:
file:///C:/Users/asus/Documents/REFORMA%20ELECTORAL%202022/4.Eleccio%CC%81nAutoridadesElectorales.pdf
[iv] Disponible en: