Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CANCÚN.- El ex gobernador Yucatán, Rolando Zapata Bello, señaló que se deben de respetar los tiempos, periodos y espacios e los magistrados, del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en la reforma al Poder Judicial del esa entidad, promovida por el actual mandatario, Mauricio Vila, del PAN.
El Mandatario refirió que el PRI y la bancada priista en la legislatura local defienden, fortalecen a la base trabajadora del Poder Judicial.
“Los diputados del PRI, sabemos ha hecho propuestas y darle un giro, un enfoque social, dirigido al fortalecimiento de los trabajadores porque el poder judicial no solo son los magistrados sino también la base trabajadora”, dijo.
“El rostro del a justicia cotidiana se da en los juzgados en los espacios a donde la gente acude y en primera instancia los trabajadores atienden”, subrayó.
Los cambios
La iniciativa del Ejecutivo de reformas al Poder Judicial del Estado implica de entrada la renovación de los magistrados del Tribunal Superior de Justicia.
Los principales cambios propuestos son los siguientes:
- 1) Aumenta de 11 a 17 el número de magistraturas del Tribunal Superior.
- 2) La magistrada o el magistrado que presida el Tribunal Superior no se podrá reelegir en la presidencia.
- 3) Habrá dos magistrados más para el Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios.
- 4) Se modifica el plazo del encargo de magistradas o magistrados del Tribunal Superior. Actualmente es de seis años y probabilidad de 9 más con ratificación. Se propone un solo período ininterrumpido de 15 años.
- 5) Se hacen adecuaciones a la figura de haber por retiro (prestación que se otorga al magistrado al jubilarse), que pasa de ser vitalicio a convertirse en un pago único equivalente a doce meses de salario íntegro.
- 6) Será causa de retiro forzoso de magistradas y magistrados el haber cumplido 70 años de edad o 15 años en el cargo, o 30 años al servicio del Estado. No habrá “inamovibles”.
- 7) Las magistradas y magistrados del Tribunal Superior que no hayan cumplido 15 años en el cargo a la entrada en vigor del decreto, o que los cumplan dentro de los 45 días de su entrada en vigor, podrán solicitar al pleno su retiro anticipado, en el primero, o su retiro, en el segundo. Si lo hacen así podrán acceder al haber por retiro vitalicio regulado en las disposiciones vigentes.