Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CIUDAD DE MÉXICO.- En el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el decreto que prohíbe la exhibición y publicidad de cigarros en todos los puntos de venta, es decir, en todos los comercios.
En la publicación se especifica que se prohíbe la exhibición “directa o indirecta de los productos elaborados con tabaco” en los espacios de venta abiertos o cerrados.
También se explica que está prohibido la “publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de comunicación”.
Te puede interesar: CRISIS CLIMATICA: Reciclan colillas de cigarro para frenar deterioro ambiental
Sólo estará permitido que las tiendas tengan una lista con las marcas y precios disponibles para consulta del público.
“Para la comercialización de los productos de tabaco deberá realizarse a través de una lista textual y escrita de estos productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas. Dicha lista de comercialización deberá cumplir con los requisitos y características que establezca la Secretaría (de Salud) mediante disposiciones generales que al efecto emita, y deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación”, se lee en el decreto.
Los restaurantes no podrán ofrecer servicios de alimentos y bebidas en las zonas que son para fumadores.
También quedan prohibidas las comunicaciones personales para promover productos, marcas o fabricantes de tabaco, sin importar que sea “por correspondencia a través del servicio postal o por correo electrónico”.
El decreto reforma el Reglamento de la Ley General de Control de Tabaco y entra en vigor el próximo 15 de enero.
Con información de LatinUS