Por Javier Chumacero/NOTICARIBE PENINSULAR
PLAYA DEL CARMEN.- El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), exhibió las diversas omisiones cometidas por Fonatur, Semarnat y Profepa, en el tramo 5 del Tren Maya.
Para empezar, señalaron los especialista, Fonatur debió de solicitar previo a talar los árboles, el cambio de uso de suelo en terrenos forestales, conforme lo indica el artículo 97 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
La Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), precisó Cemda, que fue presentada después de iniciadas las obras de desmonte, tuvo que ser desechada con base en los artículos 14 y 15 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.
El argumento es que la MÍA incumplió con las obligaciones de restauración y compensación, previstas específicamente para las obras y actividades iniciadas ilícitamente.
“Semarnat y Profepa están obligadas a determinar la responsabilidad ambiental en casos de daño y deterioro, así como la reparación y compensación al daño ambiental, de acuerdo al artículo cuarto de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental”, afirmó el centro en sus redes sociales.
Y para rematar, añadieron que Semarnat y Profepa no han denunciado el daño al medio ambiente ante el Ministerio Público Federal, como lo marcan diversas leyes, así como el Código Nacional de Procedimientos Penales.