Mario A. Millán Cabrera/NOTICARIBE PENINSULAR.
CHETUMAL.— El Congreso del Estado se prepara para discutir y aprobar, en su caso, nuevas reformas al Código Penal de Quintana Roo, en las que se pretende establecer como delitos el acoso sexual cibernético, el robo de motocicletas y las peleas de perros.
La Comisión de Justicia de la XVII Legislatura que preside el diputado Hugo Alday Nieto recién aprobó los dictámenes con proyecto de decreto y los turnó a la mesa directiva para el visto bueno final.
En materia de acoso sexual, las reformas al Artículo 130 bis del Código Penal del Estado establecen una pena de seis meses a dos años de prisión y multas de 300 a 500 días, independiente de las sanciones laborales y administrativas correspondientes, a toda aquella persona que en el ámbito laboral o escolar asedie o acose a otra persona de cualquier sexo o solicite favores sexuales para sí mismo o para terceros por medio del uso de la Internet.
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En el ámbito nacional, el 22 por ciento de la población usuaria de redes sociales ha vivido algún tipo de acoso sexual y en Quintana Roo los casos van en aumento.
En su última sesión ordinaria, la Comisión de Justica también mandó a “la sala de parto legislativo” el dictamen con proyecto de decreto para incluir, de manera específica, el robo de motocicletas y motonetas en el tipo penal por robo de vehículos automotores terrestres, pues actualmente no está tipificado en esos términos.
Con esta reforma al Artículo 146-bis del Código Penal del Estado se aplicarán penas de dos a siete años de prisión y multa de 100 a 300 días a quien cometa este delito.
De acuerdo con estadísticas de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y de la Fiscalía General del Estado, el robo de motocicletas en Quintana Roo se ha incrementado 60 por ciento en los últimos tres años; el 70 por ciento de los casos se registran en colonias populares.
Está comprobado que el 85 por ciento de los detlitos que se comenten en el Estado se realizan con el uso de motocicletas robadas.
Las peleas de perros son un delito que también será castigado con hasta cinco años de prisión y de 200 a mil días de multa a quien posea, entrene, compre, venda, organice, promueva, anuncie, patrocine u ofrezca en venta entradas para cualquier exhibición, espectáculo que involucre el enfrentamiento entre animales de esta especie.
La adición del Artículo 179 Ter-1 al Código Penal del Estado Código Penal del Estado también castiga a quien posea o administre una propiedad en la que se realicen peleas de perros con conocimiento de la actividad, que ocasione que niñas, niños o adolescentes asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre pelea entre perros.
A quien asista como espectador se le impondrá un tercio de las penas y multas establecidas en la ley.