Alejandro Peza/NOTOCARBE PENINSULAR
CHETUMAL.- El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo, por mayoría de votos, determinó ratificar que Issac Janix Alanís incurrió en Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género en contra de María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, candidata a la Presidencia Municipal de Benito Juárez por parte de la coalición “Juntos Haremos Historia en Quintana Roo”.
Lo anterior, luego de haber cumplido con lo ordenado por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el Procedimiento Especial Sancionador PES/033/2021, al reponer el procedimiento de valoración de todas las pruebas ofrecidas en el expediente.
Este procedimiento lo interpuso el Partido Político Morena en contra de Issac Janix Alanís, por la supuesta transmisión en vivo, a través de la red social Facebook, en la que simula dar lectura a un mensaje de un seguidor de la transmisión, pero en realidad, a título personal realiza supuestas manifestaciones en contra de la ciudadana María Elena Hermelinda Lezama Espinosa, en su calidad de candidata a la presidencia municipal de Benito Juárez, Quintana Roo, con el propósito de menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de su derecho político-electoral a ser votada como candidata a un cargo de elección popular, por el hecho de ser mujer.
Cabe señalar, que esta nueva resolución mantiene los efectos del anterior resolutivo entre los cuales se encuadra la existencia de violencia política contra la mujer por razón de género, cometida por Isaac Janix Alanís en contra de María Elena Hermelinda Lizama Espinosa.
Votaron favor los magistrados Víctor Vivas y Claudia Carrillo Gasca
En este asunto, el Magistrado Sergio Avilés Demeneghi se pronunció en contra del proyecto emitiendo un voto particular para manifestar la falta de exhaustividad, del debido proceso y certeza en el resolutivo presentado.
Ieqroo restituye candidatura
Anoche, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión extraordinaria con carácter de urgente, dio cumplimiento a la sentencia recaída en el expediente SX-JE-130/2021 de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Tercera Circunscripción Plurinominal Electoral Federal, que determina la restitución del registro como candidato a Presidente Municipal Propietario de Fuerza por México por el municipio de Benito Juárez, al ciudadano Issac Janix Alanís.
En ese sentido la Sala Regional Xalapa, revocó la resolución del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO) que determinó la existencia de actos de configuran violencia política en razón de género atribuidos a Issac Janix Alanís.
El Pleno de la Sala, determinó que el TEQROO no fue exhaustivo al valorar el material probatorio aportado por el denunciado en el Procedimiento Especial Sancionador, vulnerando con ello su derecho a probar.
Cabe destacar que dicha valoración resultaba fundamental para determinar el contexto en el que se emitieron las expresiones consideradas como violencia política, a fin de determinar entre otras cosas, la existencia del dolo y las condiciones particulares que confluyen en el caso en concreto, lo cual, también es indispensable para, en su caso, individualizar correctamente la eventual sanción.
Por lo anterior, se ordenó al TEQROO reponer el procedimiento, a fin de que verifique que todo el material probatorio haya sido desahogado y proceda a su valoración.
De igual forma, se dejan sin efecto todos los actos realizados en cumplimiento de la sentencia revocada.
Con información del Ieqroo