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Ley de Protección y Bienestar Animal vigente en QR; se vigilan casos

21 octubre, 2020
in Noticias de la Península, Quintana Roo
Reading Time: 2 mins read
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Seguirán prohibidas y se sancionarán penalmente las corridas de toros, peleas de gallos y cualquier otra actividad que derive en el maltrato y muerte de un animal (Fotografía: Especial)

Agencias

CANCÚN.— Oscar Montes de Oca Rosales, fiscal General de Quintana Roo, dejó en claro que seguirán prohibidas y sancionarán penalmente las corridas de toros, peleas de gallos y cualquier otra actividad que derive en el maltrato y muerte de un animal.

El funcionario manifestó que la ley de Protección y Bienestar Animal de Quintana Roo está vigente y desde su publicación hay una observancia obligatoria para todas las autoridades.

Actualmente dijo que tienen varias denuncias, con 45 carpetas de investigación el año pasado, y 32 en lo que va de este 2020.

Entrevistado para Radio Fórmula, indicó que las denuncias tienen por objeto proteger, garantizar el bienestar, evitar el maltrato a los animales, dado que la ley da atribuciones a las autoridades para ofrecer un trato digno y respetuoso, además prevé asuntos de prevención, gestión, denuncia y participación ciudadana.

Las denuncias se pueden realizar por cualquier forma permitida y, si la Fiscalía capta algún mensaje de maltrato animal en redes sociales, está en la obligación de indagar si hay un hecho delictivo. De ser así, procede de inmediato con la Procuraduría Federación de Protección al Ambiente para que formalice la denuncia.

También señaló que la ley de Protección y Bienestar Animal de Quintana Roo tiene como objeto la tutela de los animales domésticos, de compañía, espectáculos, adiestramiento e investigación científica, a fin de protegerlos, garantizar su bienestar y evitar un mal.

Con respecto a las sanciones penales, explicó que, para quién intervenga en un acto de crueldad que no ponga en peligro la vida de un animal es de seis meses a un año, y si son acciones que ponen en peligro la vida del animal se incrementa al doble.

El maltrato y crueldad, que deriven en la muerte, el castigo es de uno a dos años de prisión y la sanción se incrementa a la mitad cuando se usan métodos que causan sufrimiento grave o prolongan la agonía.

En estos dos años, mencionó que de las carpetas de investigación que se abrieron se tiene algún ejercicio que acción penal y todas han sido faltas administrativas, pero está pendiente un caso ocurrido en Cozumel que implicaría procesar penalmente.

Con información de Infoqroo

Tags: Ley de Protección y Bienestar AnimalMaltrato AnimalOscar Montes de Oca Rosales
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