Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CHETUMAL.- El Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en sesión virtual extraordinaria, determinó procedente la declaratoria del derecho a registrarse como candidatas y candidatos independientes a integrantes de los Ayuntamientos de: Othón P. Blanco, a la planilla encabezada por la ciudadana Rufina Cruz Martínez; Cozumel, a la planilla encabezada por la ciudadana Aurora Ariadne Santín Coral; Benito Juárez, a la planilla encabezada por el ciudadano Erick Daniel Estrella Matos y Solidaridad, a la planilla encabezada por el ciudadano Manuel Antonio Valencia López para el Proceso Electoral Local 2020-2021.
Cabe destacar que dos mujeres y dos hombres son las ciudadanas y ciudadanos que tienen el derecho a registrarse como candidatas y candidatos independientes. Ahora bien, apuntar que, de acuerdo con el Calendario Integral del Proceso Electoral Local 2020-2021, a partir del 2 al 7 de marzo, inicia el periodo para solicitar el registro de planillas de candidaturas a miembros de los Ayuntamientos.
En lo que se refiere a la ciudadana Rufina Cruz Martínez, y de conformidad con el Protocolo para la Captación y Verificación de Apoyo Ciudadano de aspirantes a Candidaturas Independientes, entregado por el INE, el Consejo General señaló que las cifras finales de los apoyos ciudadanos válidos de la planilla que encabeza la ciudadana Cruz Martínez del municipio de Othón P. Blanco fue de 7,910 (siete mil novecientos diez) manifestaciones de apoyo ciudadano.
La ciudadana y ciudadanos que, también buscaban el derecho a registrarse como candidatas y candidatos independientes a integrantes del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, son: Nabil Eljure Terrazas con un apoyo ciudadano válido de 6,917; Rodrigo Cristóbal Camín Cardín con 3,987; Víctor José Luis Pérez Sorcia con 3,968; Jorge Enrique Rodríguez Ruiz con 3,190 y María de los Ángeles Gallegos Pérez con 1077. Ésta última no alcanzó el umbral requerido para este municipio que es de 2,586 apoyos ciudadanos válidos.
Cabe destacar que, la planilla encabezada por la ciudadana Rufina Cruz Martínez, resultó ser la que obtuvo un mayor número de manifestaciones de apoyos ciudadanos válidos, por lo tanto, es aplicable el contenido de la Fracción II del artículo 106 de la Ley Local, que a la letra señala: “II. De todos los aspirantes registrados a un mismo cargo de elección popular, solamente tendrá derecho a registrarse como candidato independiente aquel que, de manera individual, por fórmula o planilla, según sea el caso, obtenga el mayor número de manifestaciones de apoyo válidas”.
Por otra parte, el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo, determinó procedente la declaratoria del derecho a registrarse como candidatas y candidatos independientes a integrantes del Ayuntamiento de Cozumel, a la planilla encabezada por la ciudadana Aurora Ariadne Santín Coral para el Proceso Electoral Local 2020-2021, luego de haber obtenido 1,278 apoyos ciudadanos válidos, de un umbral requerido de 1,064 para dicho municipio.
En el municipio de Benito Juárez se inscribieron dos planillas, en este sentido, el Consejo General del Instituto Electoral determinó procedente la declaratoria de derecho a registrarse como candidatas y candidatos independientes a integrantes de la planilla encabezada por el ciudadano Erick Daniel Estrella Matos para el Proceso Electoral Local 2020-2021, luego de haber obtenido 11,523 apoyos ciudadanos válidos, seguido de Silverio Córdova López con 9,984; a pesar de que ambos superaron el umbral requerido en dicho municipio, que es de 9,371, aquí aplica nuevamente el contenido de la Fracción II del artículo 106 de la Ley Local.
Finalmente, en el municipio de Solidaridad, el Consejo General del IEQROO determinó procedente la declaratoria del derecho a registrarse como candidatas y candidatos independientes a integrantes del Ayuntamiento de Solidaridad, a la planilla encabezada por el ciudadano Manuel Antonio Valencia López para el Proceso Electoral Local 2020-2021, luego de haber obtenido 4,136 respaldos ciudadanos válidos de un umbral requerido para dicho municipio de 3,452.