Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
VERACRUZ.- En medio de las manifestaciones de grupos provida y el apoyo de colectivos civiles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó para atrás el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá que buscaba abrir paso a la despenalización del aborto Veracruz.
Con cuatro votos en contra y uno a favor, la Primera Sala de la SCJN decidió que el proyecto debe ser rearmado y returnado para una próxima discusión.
¿La razón? El proyecto del ministro Alcántara Carrancá no estaba debidamente sustentado, de acuerdo con los ministros Margarita Rios Farjat, Norma Lucía Piña,Mario Pardo Rebolledo yAlfredo Gutiérrez Ortiz Mena. Van los argumentos.
Un poco para entender por qué el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá no fue aprobado, es saber qué y cómo se pedía.
El ministro González Alcántara Carrancá retomó el amparo ordenado por un juez de Distrito en Veracruz, que ordenaba al Congreso de Veracruz atender los cambios en los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal del estado —propuestos por las diputadas Tanya Carola y Viveros Cházaro en 2017.
La lucha para que el Congreso de Veracruz cambie el Código Penal estatal empezó en 2016, cuando grupos civiles coordinados por la Conavim (Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres) y el Inmujeres pidieron la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) por agravio comparado.
Esto se hizo porque se documentó que a más de 400 niñas se les había negado el aborto por violación. Un año más tarde, Segob decretó la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres por Agravio Comparado en Veracruz y las recomendaciones fueron retomadas por un grupo de diputadas de Veracruz.
En 2017 un grupo de diputadas presentó una iniciativa de Reforma a los artículos 149, 150 y 154 en el Congreso de Veracruz —teniendo como objetivo la despenalización del aborto hasta la décimo segunda semana de gestación, agregar la causal del aborto por riesgo para la salud de las mujeres y eliminar el plazo de 90 días para interrumpir un embarazo en caso de violación.
Sin embargo, los diputados y las diputas veracruzanas rechazaron la propuesta porque dijeron que iba en contra de la Constitución local y violaba el proceso legislativo.
Ante esta respuesta, grupos civiles presentaron un amparo por omisión legislativa del Congreso de Veracruz para cambiar el Código Penal —que lo único que hacía era discriminar y violar los derechos humanos de las mujeres.
Luego, un juez de Distrito resolvió a favor de los grupos civiles, reconociendo las violaciones a los derechos humanos de las mujeres y la omisión legislativa.
Como el amparo procedió, el Congreso de Veracruz debía trabajar para cambiar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal estatal. Pero no lo hizo. Se negó.
De esta manera, el amparo llegó a la SCJN, el ministro armó un proyecto y lo presentó a los otros ministros para dar salida al tema y garantizar los derechos reproductivos de las mexicanas.
No obstante, los ministros y las ministras encontraron que no existe ninguna omisión legislativa porque no hay un mandato constitucional que indique que el Congreso de Veracruz deba cambiar estos artículos y sólo se trabaja sobre normas que prohiben la discriminación pero no hay una norma constitucional que encauce el proyecto del ministro Carrancá.
De esta manera, el tema para cambiar el Código Penal de Veracruz —y que se abran las puertas para despenalizar el aborto— deberá ser discutido en otro proyecto que no deje ningún cabo suelto ante la SCJN.
Ojo, con esta decisión la SCJN NO se pronunció en contra del aborto. Lo que aquí sucede es que los ponentes deberán presentar proyectos fundamentados en rollos constitucionales.
Con información de Sopitas