Matilde Zamora/NOTICARIBE PENINSULAR
CHETUMAL.- Tras una serie de amparos en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Congreso de Quintana Roo analizará una segunda reforma al Código Penal para garantizar que el aborto no sea punible para “mujeres” y “personas gestantes”.
La Comisión Permanente de la Décimo Séptima Legislatura, dio entrada a la iniciativa presentada por el diputado Hugo Alday Nieto, del Partido del Trabajo (PT), para reformar los artículos 93.- A, 94 y 97 del Código Penal Vigente de Quintana Roo para incluir la palabra “mujer” y estas puedan ejercer el aborto punible en caso de violación.
En la exposición de motivos, el diputado explica al solo contemplar la frase “personas gestantes”, las mujeres que sí se sienten mujeres eran excluidas de sus derechos reproductivos y su ejercicio voluntario.
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En documento plantea en el artículo 97 que, el aborto no será punible cuando:
I.- Sea resultado de una conducta culposa de la mujer o persona gestantes.
II.- Cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida en el artículo 113 BIS del Código Penal Vigente.
NUEVAS OBLIGACIONES PARA LOS MÉDICOS
En cuanto a los casos donde de no abortar la madre está en peligro de muerte, en la fracción IV, el diputado propone que, “los médicos tendrán la obligación de proporcionar a la “mujer”, o “persona gestante” , información objetiva, veraz, suficiente y oportuna sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias de los mismos; así como apoyos, y alternativas existentes para que la mujer, o persona gestante tomar la decisión libre e informada”.
En el artículo 94 también se propone elevar las penas del Aborto Forzado de cinco a ocho años de prisión y si hay violencia de ocho a 10 años.
CORRIGIENDO LA PLANA
Como se recordará tras la despenalización del aborto en Quintana Roo, los grupos feministas del estado se inconformaron porque la reforma aprobada, no contemplaba la palabra mujer.
Las feministas manifestaron que “Eliminar la palabra ‘mujeres’ de la norma y de los documentos en los que se hace referencia al acceso al aborto, constituye un obstáculo para las mujeres en el acceso a este derecho”.
Entre sus inconformidades también pedían que en caso de violación, las mujeres no estén obligadas a presentar una denuncia ante el Ministerio Público para acceder a un aborto.
Pero, esta petición hasta ahora no ha sido contemplada en la segunda reforma.