Matilde Zamora/NOTICARIBE PENINSULAR
CHETUMAL, Quintana Roo, 8 de junio.- A pesar de la sobrerrepresentación de Morena y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), en lo que será la Décimo Séptima Legislatura. Por unanimidad de votos el Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó la designación de diputaciones plurinominales aprobadas por el Instituto Electoral de Quintana Roo.
Una vez más lo magistrados del Teqroo, Claudia Carrillo Gasca, Víctor Vivas y el magistrado presidente Sergio Áviles respaldaron a la coalición “Juntos Hacemos Historia” y negaron las impugnaciones aprobadas por el Partido Acción Nacional (PAN), el Partido de la Revolución Democratica (PRD), el Partido Revolucionario Institucional (PRI), y Movimiento Ciudadano.
Y es que como se recodará el Consejo del Ieqroo encabezado por Mayra San Román Carrillo Medina, negó la diputación plurinominal de Faustino Uicab del PAN, y a Gerardo Mora Vallejo del PRD, para asignarlas a Ricardo Velasco de Morena (quién era candidato por Mayoría Relativa y perdió, contra Susana Hurtado del PVEM), y a María José Osorio (cuñada del ex presidente municipal de Solidaridad, Mauricio Góngora Escalante).
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Los juicios habían sido presentados el perredista Gerardo Mora; el panista Faustino Uicab, y los partidos MC, PRI, PRD y PAN. Pero el Teqroo los desechó.
Sin embargo los agraviados aún pueden acudir a la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y de ser necesario a la Sala Superior de TEPJF.
En tanto las plurinominales parecen “firmes” y de ellas son 3 para MORENA, 3 para el PVEM, y para el PAN, PRI, MC y MAS, una a cada uno.
En total Morena y aliados tendrán 21 de las 25 diputaciones en el Poder Legislativo, por lo que excedería el 8 por ciento de los espacios en el Congreso del estado aprobado para cada partido.
Según la ley electoral cualquier sobrerrepresentación mayor a 8 % es una anomalía constitucional.
La fórmula que emplea la Constitución no deja medias tintas; señala que en ningún caso se debe rebasar dicho umbral.
Al referirse a la Cámara de Diputados, el artículo 54 menciona: “En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”.
La misma fórmula se emplea para el caso de los congresos locales. En ese sentido, el artículo 116 dicta: “En ningún caso, un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la legislatura que exceda en ocho puntos su porcentaje de votación emitida”.
Sin embargo, los magistrados confirmaron la fórmula que utilizó el Instituto Electoral del estado, que se basó tanto en la legislación local como en la sentencia del JRC 041/2019 de la Sala Xalapa del TEPJF, que definió la forma del reparto de plurinominales en la elección local de 2019.
La decisión del Teqroo confirma el reparto de los 10 plurinominales, que correspondieron 3 para MORENA, 3 para el PVEM, y para el PAN, PRI, MC y MAS, uno a cada uno