Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CHETUMAL.- La comisión de derechos humanos cuestionó la divulgación de imágenes del menor atropellado por un taxista en Chetumal.
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A continuación el texto integro:
El Consejo Consultivo de la CDHEQROO hace un llamado enérgico para evitar difundir imágenes de niñas, niños y adolescentes víctimas del delito y violaciones a sus derechos y convoca a la sociedad a evitar linchamientos mediáticos.
Ante el caso del niño fallecido, el día de ayer miércoles 13 de octubre en la ciudad de Chetumal, a causa de un accidente automovilístico, este Consejo Consultivo conformado por integrantes de la sociedad civil, lamentamos este trágico accidente y enviamos nuestro más sentido pésame a la familia.
De igual forma, nos dirigimos a la sociedad en su conjunto, externando nuestra preocupación por las distintas situaciones advertidas en publicaciones, tanto en redes sociales y algunos medios de comunicación en relación a este mismo caso:
1) El Consejo Consultivo de esta Comisión hace un llamado tanto a los medios de comunicación, como a la sociedad, de respetar los derechos de niñas, niños y adolescentes víctimas, en particular, al considerar que la publicación y difusión de imágenes de personas menores de edad, constituye una transgresión al derecho a la intimidad personal y familiar, lo que atenta al principio del interés superior de la niñez.
La comunicación es un medio para el cambio social, lo que puede generar un impacto en la cantidad y calidad de la información que se genere y transmita. Por lo que, el tratamiento de temas que involucren a la niñez y adolescencia es uno de los aspectos más complejos.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 4º, la obligación del Estado en velar y cumplir con el principio del interés superior de la niñez garantizando de manera plena sus derechos, por consiguiente, debe ser preservado por encima de cualquier otro interés.
Eso implica que el derecho a la privacidad e intimidad prevalece cuando está en conflicto con la libertad de prensa. Asimismo el derecho a la privacidad e intimidad familiar de las niñas, niños y adolescentes está comprendido en el artículo 16 de la Convención de los Derechos del Niño (Niña) al mencionar que “…ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación”, concatenado con el artículo 76 y 80 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como el 62 de la Ley de los Derechos e Niñas, niños y Adolescentes del Estado de Quintana Roo, en los que señala que la niñez y adolescencia tiene derecho a la intimidad personal y familiar, así como a la protección de sus datos personales; por consiguiente, no podrán ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, así como de divulgaciones o difusiones ilícitas de información o datos personales, incluyendo aquellas que tenga carácter informativo a la opinión pública o de noticia que permita identificarlos y que atenten contra su honra, imagen o reputación.
Por consiguiente, se exhorta a no publicar imágenes de niñas, niños o adolescentes víctimas de algún hecho violento, y evitar sumar a la revictimización que, además, la difusión de las imágenes o videos, genera se emitan opiniones que atentan a la dignidad de los familiares de la niña, niños y adolescentes, por lo que debemos ser enfáticos en reiterar la trasgresión al derechos a la intimidad, tal como lo establece el artículo 77 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que menciona literalmente:
“Se considerará violación a la intimidad de niñas, niños o adolescentes cualquier manejo directo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos, o en medios electrónicos de los que tenga control el concesionario o medio impreso del que se trate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de interés superior de la niñez.”
2)De igual forma, nos parecen lamentables los comentarios en diferentes publicaciones, en el que se vierten estereotipos en contra de familiares del niño fallecido, que en algunos casos pudieran rayar en violencia de género. Más aún, nos parece inadmisible que, en un momento de dolor inconmensurable para la familia, ésta tenga que atravesar un linchamiento mediático. En este sentido, apelamos a la empatía por parte de toda la sociedad y sobre todo a un sentido de HUMANIDAD y de respeto hacia el duelo de la familia.
Chetumal, Quintana Roo a 14 de octubre de 2021.
Alejandro Baeza Ruiz
Israel Canto Viana
Edgar Ricardo Mora Ucan
Sheena Merle Ucan Yeh
Rafael Barragán Vázquez
Alma Rosa Soledad Freyre Reinhardt
Marco Antonio Tóh Euán (presidente)