Francisco J. Rosado May
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El Decreto 96, publicado en el Periódico Oficial el 30 de septiembre de 1992, formalizó la creación de la Comisión de los Derechos Humanos del Edo. de Quintana Roo. Es decir, tenemos 30 años de “vigilancia” para que los servidores públicos no violen derechos humanos.
En las actividades diseñadas para conocer la labor de la CDHEQROO se dio a conocer que se han atendido alrededor de 30 mil quejas, se han emitido 700 recomendaciones y realizado 44 mil actividades de capacitación ….en el contexto de un estado con 1.8 millones de personas. O hay muy pocas violaciones a DDHH en Q Roo, o muy pocos se atreven a interponer una queja. Por otro lado, si asumimos que cada una de las 700 recomendaciones se emitieron a diferentes quejas, y asumimos que las 30 mil quejas procedieron, entonces ¡apenas se cubrió el 3.2% de las quejas! ¿Y lo demás?
Durante la semana de celebración del 30 aniversario de la CDHEQROO, del 26 al 30 de septiembre 2022, diversos analistas coincidieron en señalar que, si bien la CDHEQROO está haciendo un esfuerzo loable para cumplir el objetivo central de su creación, también es cierto que aún hay mucho que hacer, tanto desde el punto de vista de cumplimiento de las recomendaciones como de reformas necesarias a su marco normativo.
Ejemplos: 1. La emisión de recomendaciones tiene plazos demasiado largos, dejando a las víctimas expuestas a más presiones. 2. Las recomendaciones no son vinculantes, no hay en el marco normativo la posibilidad de castigar a los agresores, en forma ejemplar. La recomendación de tomar un curso de capacitación no funciona, hay ejemplos de simulación y de reiteración en agresiones. 3. Si un funcionario público no está activo al momento de la recomendación, ésta ya no aplica; por lo tanto, puede ocupar otra función pública en un plazo razonable. 4. No existe forma de saber si un funcionario público ha sido señalado, con evidencia sólida, de transgresión a los derechos humanos, tampoco hay forma de evitar que ocupen o sigan ocupando funciones públicas. 5. Existen acciones de corrupción y encubrimiento para evitar, no las sanciones porque prácticamente no las hay, sino para evitar que cumplan con recomendaciones emitidas por sus malas acciones. 6. El pago, cuando se hace, a la víctima por los perjuicios económicos sufridos, sale del impuesto que todos los ciudadanos pagamos, ¿y el/la victimario/a?, bien gracias. 7. Resarcir los daños emocionales o económicos de la víctima es también una penuria, enfrentamiento a burocracia, pérdida de tiempo, ineficiencia gubernamental que parece diseñado para revictimizar en vez de resarcir. 8. Los escritos que se emiten tienen una redacción que no toma en cuenta a la víctima, a veces es tan malo que parece que a propósito se hace para que no sea bien leído y que obligue a la víctima a encontrar apoyo legal. 9. El apoyo legal gubernamental deja muchísimo que desear, el servicio es burocrático y ofrecido por personas poco capacitadas, con procedimientos diseñados para no atender adecuadamente a la víctima. 10. Ni siquiera la intervención de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso Local tiene impacto entre los victimarios, ahí siguen como si nada.
Es decir, el victimario viola derechos humanos y no tiene que pagar siquiera un quinto por sus acciones ni ser suspendido de sus funciones. No es ni correcto ni justo, la CDHEQROO necesita más dientes, su normatividad debe ser revisada y crear condiciones para que no siga la simulación ni impunidad entre los victimarios.
Con esos cambios y dejar que la CDHEQROO tenga personal calificado, bien entrenado, y espacio para ejercer su mandato, entonces sí festejemos su existencia con bombo y platillo.
Sin esos cambios seguiremos en la simulación e impunidad, construyendo una sociedad cada vez más en el subdesarrollo sin respeto a los derechos humanos.
PD. Aunque es un sueño guajiro, ojalá que, si se hacen los cambios en la legislación, se hagan retroactivos para combatir la impunidad acumulada.
Es cuanto.