Leslie Gordillo/NOTICARIBE PENINSULAR
CANCÚN.- Toda aquella persona que tenga un crédito hipotecario vigente con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) podrá aprovechar el beneficio de protección en caso de verse afectados por algún desastre natural como una tormenta o huracán.
La protección abarca imprevistos como huracanes, ciclones, inundaciones, vientos tempestuosos, caída de árboles, granizo o nieve, incendio, desplazamiento de terreno; dependiendo del caso, esta protección puede incluir muebles y objetos decorativos, el costo de retirar escombros o hacer una demolición e indemnizaciones por renta o por la pérdida total del hogar.
“Desde el día en que firmas tu crédito, automáticamente obtienes este beneficio de Seguro de Daños contra desastres naturales, que puedes utilizar mientras cumplas puntualmente con el pago de tus mensualidades. Si existe un retraso previo en los pagos, tendrás que firmar un convenio de regularización”, expusieron.
Este tipo de seguro no aplica en los casos del crédito “Mejoravit”, tampoco ampliaciones remodelaciones que se hayan hecho después del otorgamiento del crédito y en el caso de créditos financiados por Infonavit y alguna institución bancaria, el seguro sólo aplica para el monto que está contratado con el Instituto.
Para solicitar el apoyo en caso de alguna afectación se debe acudir a las oficinas del Infonavit o reportar la situación en el sitio web; llevar número de crédito, nombre, dirección y datos de contacto. Se hará el reporte para agendar una visita de los representantes de la aseguradora para calcular el costo de los daños.
“Preferentemente, el titular del crédito debe iniciar el trámite, pues sólo en casos excepcionales podrá acudir otra persona. El pago del seguro sólo se entregará al titular del financiamiento… Los ajustadores, harán una clasificación de los daños como: pérdida total: cuando ya no sea posible habitar la vivienda tras el paso de huracanes (categoría 3 o superior), por lo que se liquidará el crédito; o pérdida parcial: cuando los daños sean menores, se determinará el monto que pagarán para cubrirlos… A partir de la fecha en que se registró el desastre natural, tienes hasta dos años para hacer uso de este beneficio, ya sea pérdida total o parcial”, concluyeron.