Redacción NOTICARIBE PENINSULAR
CIUDAD DE MÉXICO.-La Secretaría de Hacienda a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), informó ayer martes que los bancos podrán informar al SAT sobre los depósitos en efectivo que registren sus clientes por más de 15 mil pesos mensuales, a más tardar el último día del mes de calendario inmediato siguiente al que corresponda.
El SAT precisó que se entiende por depósitos en efectivo, los depósitos en moneda nacional o extranjera que se realicen en cualquier tipo de cuenta que las personas físicas o morales tengan a su nombre en las instituciones del sistema financiero, así como las adquisiciones en efectivo de cheques de caja.
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Se valen las transferencias
No se considerarán depósitos en efectivo, los que se efectúen a favor de personas físicas o morales mediante transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito o cualquier otro documento o sistema pactado con instituciones del sistema financiero en los términos de las leyes aplicables, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.
En la información que deberán entregar los bancos se debe precisar los datos de identificación de la institución del sistema financiero: clave en el RFC; denominación o razón social; datos de identificación del contribuyente (tercero o cuentahabiente); su clave en el RFC; CURP; apellido paterno; el apellido materno será opcional; nombres; denominación o razón social; domicilio completo; correo electrónico; dos teléfonos y número de cliente, precisó Hacienda.
También se tendrán que especificar los datos de identificación de la cuenta o contrato; el número de cuenta o contrato; el tipo de cuenta; la cuenta o contrato con cotitulares; el número de cotitulares de la cuenta; la proporción de los depósitos que corresponden al contribuyente informado, así como a los cotitulares; los nombres, claves en el RFC y CURP de los cotitulares de la cuenta.
En la información de depósitos en efectivo por operación, se especificará la fecha del depósito; monto del depósito en efectivo; moneda (en caso de ser diferente a la moneda nacional); tipo de cambio; corte mensual, información de depósito en efectivo por mes por contribuyente informado.
La autoridad exige detallar el monto del excedente de los depósitos en efectivo y el total de depósitos excedentes.
Acerca de los cheques de caja también se deben detallar todos los datos arriba mencionados y la fecha de la compra en efectivo del cheque de caja y el monto del cheque de caja pagado en efectivo.
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Con información de El Financiero