Redacción/NOTICARIBE PENINSULAR
CANCÚN.- El Juzgado Primero de Distrito, con sede en Yucatán, admitió la ampliación de la demanda de amparo indirecto 884/2022 contra el Tramo 5 sur del Tren Maya.
Antonella Vázquez, representante de la organización Derecho a un Medio Ambiente Sano (DMAS) que asesoró al grupo de buzos y espeleógos que interpuso el referido amparo, explicó que la ampliación admitida por el juez controvierte el hecho de que el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) solicitó anular la suspensión de las obras bajo el argumento de que ya cuentan con una autorización ambiental para el Tramo 5 sur.
Para tal efecto, solicitaron al juez consultar la Gaceta Ecológica de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, pues dicho resolutivo no se encuentra publicado y se desconocen los términos de la supuesta autorización que alega tener Fonatur.
Y es que derivado de la solicitud de Fonatur, el juez fijó fecha ayer Primero de julio para determinar si se levanta o no la suspensión de las obras del Tramo 5 sur, obras detenidas desde el 18 de mayo pasado.
Ayer mismo trascendió que la audiencia incidental de ampliación contra la suspensión del Tramo del Tren Maya, fue postergada para el 5 de julio.
La representante de DMAS dijo que al haberse admitido su ampliación de la demanda y al comprobarse que no hay tal resolutivo de Semarnat en los canales en los que debe hacerse pública esta información, es probable que el 1 de julio no se resuelva la anulación de la suspensión de las obras solicitada por Fonatur.
La siguiente audiencia de este amparo fijada por el Juzgado Primero de Distrito con sede en Yucatán es el 28 de julio de este mes, luego de que se aplazó la diligencia del pasado del 23 de junio en la que se esperaba la resolución de fondo del amparo 884/2022.
Este recurso controvierte el hecho de que se devastó selva para el Tramo 5, al poniente de Playa el Carmen, mucho antes de que Fonatur contase con la autorización de impacto ambiental, que es un requisito para iniciar este tipo de obras en terrenos forestales, según lo marca la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (Legeepa).
Además, hay al menos otros tres amparos con suspensiones provisionales que controvierten el proceso de evaluación ambiental del tramo por el mismo motivo, es decir, que se iniciaron obras mucho antes de contar con los permisos para tal efecto.